Oficina de Acceso a la Información
La Oficina de Acceso a la Información (OAI) es un mandato de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública Núm. 200-04 y del Decreto Núm. 130-05, que crea el reglamento de dicha ley, con el objetivo de apoyar a entidades y personas, tanto públicas, como privadas mediante las informaciones solicitadas.
Misión
Garantizar a los usuarios el suministro de la información generada por los servidores públicos, asegurando que la misma sea proporcionada de manera eficiente y oportuna, a fin de elevar los niveles de transparencia de la gestión pública.
Visión
Ser una oficina modelo en la aplicación de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, implementando políticas internas que respaldan la eficiencia y oportunidad en la entrega de información requerida por los ciudadanos.
Valores
- Transparencia
- Responsabilidad
- Servicio
- Compromiso
- Ética profesional
- Calidad en el trabajo
Definición RAI
El Responsable de Acceso a la Información es el encargado de tramitar y facilitar las informaciones requeridas y de ser el canal de comunicación entre la institución y los ciudadanos.
Proceso de Solicitud de Información
- Complete el formulario de solicitud de información.
- Se procede a la revisión de dicho documento con la finalidad de verificar que está completado.
- Se hace entrega de acuse de la solicitud al solicitante.
- Según la complejidad de la información, se asigna una fecha de entrega.
- En caso de que la Dirección Nacional de Control de Drogas, no sea la entidad competente para ofrecer la información requerida, dicha solicitud se refiere a la institución correspondiente y se le informa al solicitante el curso que ha tomado.
- Seguimiento de la (s) solicitud (es) hasta confirmar que se ha suministrado la información.