Preguntas frecuentes

 ¿Es confidencial la Denuncia?

Totalmente confidencial, garantizándole en todo momento absoluta discreción.

 

 ¿Ellos van a saber mi nombre?

No señor (a), no nos interesa saber su nombre, solamente la Denuncia.

 

 ¿Mi número telefónico y/o móvil, queda grabado?

No se preocupe, ya que nuestros teléfonos no tienen identificador de llamadas.

 

 Muchos de los denunciantes llaman varias veces para preguntar,¿Por qué no han hecho nada?

Señor debe de saber que eso es un proceso de inteligencia, y que si no ven movimiento de ventas de drogas, la dncd no hace nada con allanar y no encontrar nada, debe de tener paciencia, pero  volveremos a pasar su denuncia al departamento correspondiente.

 

 ¿Se puede dar la denuncia en privado o con el encargado?

Se le dice que puede dar su denuncia a cualquiera de los operadores, ya que hay total discreción. Lo que aquí se dice, no sale de este departamento.

 

 ¿Nos pueden decir más o menos cuando se le van a tirar, para quitar ese punto de Drogas?

Debe de tener un poco de paciencia, ya que su denuncia después de ser procesada, pasa a otro departamento, del cual ignoramos quien realizara la investigación, y usted mismo no se dará cuenta de la vigilancia realizada.

 

 ¿Yo podría enseñarles el punto de Drogas?

Señor (a), depende si usted quiera dejar su número móvil, para que el oficial que lleve el caso, en el transcurso de la investigación lo llame, eso depende del oficial, hay momentos en que el equipo de Reacción a Denuncias lleva al denunciante con ellos de manera discreta, hasta ahí llega nuestra función.

 

 ¿Quisiera saber cuáles son los requisitos para ingresar a la DNCD?

 Requerimientos o Requisitos para la solicitud del ingreso.

1.     Nacionalidad Dominicana.

2.     Edad comprendida entre 18-25 años.

3.     Ser bachiller como mínima preparación escolar.

4.     No tener antecedentes penales ni vínculos familiares o amistosos con personas y/o vinculadas a actividades ilícitas.

Documentos necesarios:

1.     Una foto 2×2.

2.     Curriculum vitae.

3.     Fotocopia de la Cedula de identidad electoral.

4.     Fotocopia de la Acta de Nacimiento legalizada.

5.     Fotocopia del Certificado de Bachiller.

Nota: Estos deben ser entregados de manera personal

Deposite mis documentos,  ¿Por que aun  no me han llamado?

 El hecho de depositar los documentos y cumplir con los requisitos iníciales no garantiza que será llamado para ser evaluado de inmediato, ya que el reclutamiento se realiza atendiendo la necesidad de ingresar personal.

 

¿Hace falta que alguien me recomiende para ingresar a la Dirección Nacional de Control de Drogas?

No necesariamente.

 ¿Soy un Profesional de la Salud y me interesa prescribir medicamentos controlados, Que debo de hacer?

  1. Debes ser Profesional de la Salud en el área de la Medicina, odontología o veterinaria, habilitado para ejercer en la Republica Dominicana.
  2. Debes de Certificarte con el CLASE A (ver sección de servicios Certificado de Inscripción de Drogas Controladas CLASE A, están todos los requisitos y el procedimiento a seguir).

 

 ¿Tengo una Farmacia y quiero vender medicamentos controlados, cuales son los pasos?

  1. Debes de estar legalmente constituida.
  2. Estar habilitada por el Ministerio de Salud.
  3. Debes de tener el Certificado de Inscripción de Drogas Controladas CLASE B, para solicitarlo, ir a la Sección de Servicios de Químicos y Precursores opción Certificado CLASE A.

 ¿Cual es el procedimiento para importar Sustancias Químicas Controladas?

  1. Su empresa debe de estar legalmente constituida.
  2. Poseer habilitación al día del Ministerio de Salud.
  3. Tener el Certificado CLASE B otorgado por esta DNCD.
  4. El procedimiento y los requisitos están en la Sección de Servicios de Químicos y Precursores.

 ¿Cuáles son las sustancias que están bajo control y donde puedo encontrar un listado de las mismas?

En la Ley  50-88 Sobre Drogas y Sustancias Controladas podrás encontrar todas las sustancias activas sujetas a control por dicha Ley, de manera adicional puede contactarnos, ya que somos signatarios de convenciones y acuerdos internacionales, las cuales incluyen nuevas sustancias periódicamente.

 

 ¿Cuáles son los establecimientos farmacéuticos que están registrados con Permiso de Drogas, y dónde puedo encontrar un listado de ellos?

La relación de las Entidades Farmacéuticas o de Salud que están hábil para manejar sustancias controladas es remitida periódicamente a las empresas farmacéuticas distribuidoras.

 

 ¿Cuántas Regencias de establecimientos registrados con permiso de Drogas puede tener un farmacéutico?

Por lo delicado que es el manejo de las sustancias controladas, solo se permiten tres (3) regencias farmacéuticas de establecimientos registrados con permiso de Drogas Controladas.

 

¿Donde puedo Adquirirlos formularios para la venta de medicamentos controlados?

En la Ventanilla Única del Ministerio de Salud de la Republica Dominicana o en la Dirección Provincial de Salud de Santiago de los Caballeros.

 ¿Donde puedo adquirir los recetarios para prescribir medicamentos controlados?

Ventanilla Única del Ministerio de Salud de la Republica Dominicana o en la Dirección Provincial de Salud de Santiago de los Caballeros.

 

 ¿Qué requisitos debe cumplir mi empresa para importar medicamentos controlados?

Requerimientos o requisitos para la solicitud del servicio.

    1. Estar legalmente constituida.
    2. Habilitada por el Ministerio de Salud.
    3. Tener el Certificado de Drogas Controladas CLASE B vigente (ver área de servicios ofrecidos).

 

 ¿Se le puede vender medicamentos controlados a un médico?

No, la Ley no faculta a que los Profesionales de la Salud comercialicen sustancias controladas, la certificación de los Profesionales solo abarca la prescripción.

 

 ¿Se me venció mi Permiso de Importación/Exportación de Sustancias Controladas, puedo utilizarlos?

No, si el Permiso se vence ya no es válido, debe de comunicarse con la Oficina de Químicos y Precursores e informar la situación.

 

 ¿Hice un pedido de medicamentos a un laboratorio y este me lo rechazó debido a que mi CLASE B está vencido, que debo de hacer?

Luego que el Certificado CLASE B se vence, debe de solicitar la renovación del mismo, para evitar esta situación, les recomendamos renovarlo con anticipación, para mayor información buscar en la Sección de Servicios, el área de Químicos y Precursores, opción CLASE B.

 

 ¿Como médico, puedo prescribir medicamentos controlados con mi receta privada personalizada?

No, según nuestra Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, únicamente es válido el recetario 2064, otorgado por la DNCD y MSP a los médicos autorizados. En caso de ser una receta de una institución de salud pública, se puede utilizar la receta de dicha institución, timbrada, sellada y firmada por un Médico que posea su CLASE A vigente, indicando su número de CLASE A, sus datos personales y del paciente.

 

 ¿Cuánto tiempo dura cada solicitud en dársele respuesta?

Cada caso varía según las circunstancias de cada proceso, el cual en tiempo promedio oscila de 30 días de 3 meses.

 

 ¿Qué documentos se necesitan aportar?

Ver requisitos indicados en la opción requisitos de cada servicio

 

 ¿Cómo se si mi solicitud es negada?

Se le comunica directamente o por escrito los motivos de esta.

 

 ¿Cómo trabajan los fiscales adjuntos a la DNCD?

Los fiscales no son miembros de la DNCD, sino que están asignados a la institución, estos son miembros del Ministerio Público y para que los trabajos se realicen de una manera más efectiva se han designado coordinadores por jurisdicciones.

 La labor que se desempeñan es un trabajo en conjunto, entre ambas instituciones, ya que a partir de la promulgación de la Ley 76-02 del 19 de julio del 2002, que instituye el Código Procesal Penal de la República Dominicana y de la 133-11 que es la Ley Orgánica de Ministerio Público, este es el que dirige la investigación penal y ejerce la acción penal pública en representación de la sociedad; mientras que los miembros y agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas pasan a ser auxiliares (policías judiciales) de los mismos.

 No obstante, lo anteriormente señalado, el Ministerio Público permite cierta autonomía en materia de drogas por tratarse de una materia especial; sin dejar de cumplir con los procedimientos establecidos, a los fines de que se lleve a cabo el debido proceso.

 Igualmente los agentes y miembros de la DNCD podrán, en materia de drogas, realizar arrestos y conducencia, tal y como se establece en el artículo 224 de la Ley 76-02, y siempre y cuando  se den las condiciones establecidas en el referido artículo. En los casos en que se requiera hacer allanamientos es imprescindible la presencia del Fiscal.

 

 ¿Qué tiempo duran las charlas?

Aproximadamente 4 horas.

 

 ¿Es necesario ser miembro de la institución para participar en los curso de identificación de Sustancias Controladas?

No.

 

 ¿Qué debo hacer para solicitar una charla para los estudiantes de mi colegio?

Depositar una carta de solicitud de dicho servicio al Presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas, especificando el día de la charla, a qué público va dirigida y el lugar donde será impartida la misma.

 

 ¿Qué costo tiene la solicitud de una charla de prevención de drogas?

Este servicio es gratuito.